Según establece el artículo 74 de la Ley de Seguro Social (LSS) y el artículo 32 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACRF), los patrones tienen la obligación de anualmente actualizar el cálculo de su siniestralidad, la cual se utiliza para cubrir el seguro de riesgos de trabajo.

El cumplimiento de esta obligación se hace mediante la presentación de un formato denominado Determinación Anual de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo, en el cual se consideran los riesgos de trabajo sucedidos en el periodo del 1ro de enero y hasta el 31 de diciembre del año inmediato anterior, el objetivo es determinar si la Prima de Riesgo permanece igual, aumenta o disminuye.

La presentación de la determinación tiene como fecha límite el día 28 de febrero de 2022.

En el artículo 72 de la LSS se establece una fórmula para el cálculo de la Prima de Riesgo, la cual se presenta a continuación:

Prima = [(S/365) +V * (I + D)] * (F/N) + M

Donde:

  1. V = 28 años, que es la duración promedio de vida activa de un individuo que no haya sido víctima de un accidente mortal o de incapacidad permanente total.
  2. F = 2.3, que es el factor de prima.
  3. N = número de trabajadores promedio expuestos al riesgo.
  4. S = total de los días subsidiados a causa de incapacidad temporal.
  5. I = suma de los porcentajes de las incapacidades permanentes, parciales y totales, divididos entre 100.
  6. D = número de defunciones.
  7. M = 0.005, que es la prima mínima de riesgo.

En este cálculo se toma en cuenta los casos de enfermedades y accidentes de trabajo ocurridas en el año que hayan terminado con una alta médica, incapacidad o muerte del trabajador, sin considerar los accidentes ocurridos en el lapso de traslado del centro de trabajo al domicilio del trabajador y viceversa.

Cabe mencionar que si el patrón está en desacuerdo con alguna calificación que el Instituto Mexicano de Seguridad Social (IMSS) haya valorado sobre un caso de riesgo de trabajo, este podrá optar por excluirlo del cálculo anual para poderlo objetar al momento de que el Instituto realice la rectificación de la prima por la omisión de dicho riesgo

El Consejo Técnico del IMSS dio a conocer el 8 de enero de 2021, por el Diario Oficial de la Federación (DOF), una estrategia de dictaminación proactiva para reconocer las defunciones y las posibles secuelas en los trabajadores de empresas afiliadas con exposición laboral muy alta al virus COVID-19, por otro lado, la Secretaria de Trabajo y Previsión Social (STPS) realizó un comunicado de prensa el 28 de enero de 2021, anunciando que dentro de las enfermedades de trabajo se podrá considerar el contagio del virus, siguiendo lo establecido en la Ley Federal de Trabajo (LFT).

Tomando en cuenta lo anterior, es importante que los patrones den seguimiento a los casos de COVID-19 de sus trabajadores para poder reconocer aquellos que el IMSS puede incluir en la determinación de la prima, para mayor control recomendamos utilizar la herramienta de consulta de Riesgos de Trabajo Terminados, la cual proporciona un listado de los accidentes y enfermedades registrados en el IMSS (http://www.imss.gob.mx/patrones/rtt).

Cabe mencionar que no están obligados a presentar la Determinación anual de la Prima de Riesgo aquellos patrones que se encuentren en los siguientes supuestos:

  1. Empresas recién ingresadas o que hayan cambiado su actividad y aun no cumplan un año de calendario con la prima media.
  2. La prima calculada permanece igual a la del ejercicio anterior.
  3. Cuando el patrón se mantenga sin trabajadores por un periodo mayor a 6 meses, independientemente de que realice altas después de cumplir el plazo.
  4. Las empresas que cuenten con menos de 10 trabajadores promedio pueden optar por cubrir la prima media de su clase establecida en el artículo 73 de la LSS, la cual se utiliza al momento de la afiliación al IMSS.

Este trámite se puede realizar de manera presencial en la subdelegación que corresponda al patrón, presentando el cálculo de la determinación en ventanilla.

Por otro lado, debido a la actual emergencia sanitaria, el IMSS habilitó una plataforma para realizar la presentación en línea, la cual se puede realizar siguiendo estos pasos:

  1. Realiza el cálculo de Prima de Riesgo desde el programa Sistema Único de Autodeterminación (SUA).
  2. Accede al Portal IMSS desde tu empresa (IDSE)
  3. Ingresa con tu e.firma o NPIE (Numero Patronal de Identificación Electrónica).
  4. Selecciona DAPSUA.
  5. Aparece el registro patronal, anexa el archivo con terminación. DAP que previamente se generó en el programa SUA.
  6. Obtienes confirmación del envío.

Para una correcta determinación es necesario asegurarse de que los accidentes o enfermedades de trabajo y los días pagados o indemnizados por incapacidad estén registrados en el programa SUA.

En CIG Consultores® nos encontramos a sus órdenes para cualquier duda o comentario respecto al tema del presente boletín.

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