Se expide nueva Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los ParticularesIniciativa de Reforma a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
En meses pasados el senador Javier Corral presentó ante la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, una iniciativa de reforma a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (la “LFPIORPI”) en busca de dar estabilidad del sistema financiero, cuidar la economía nacional y fortalecer la lucha contra la delincuencia; tal iniciativa pretende reformar y adicionar diversos artículos de dicho ordenamiento así como a los artículos 11 Bis y 400 Bis del Código Penal Federal.
Si bien, la iniciativa de reforma cuenta con múltiples cambios que impactarían significativamente al sector de las actividades vulnerables y los sujetos obligados, a continuación nos permitimos destacar algunos de las principales:
- Incluye la implementación de medidas para evitar el financiamiento al terrorismo, especialmente para las asociaciones y sociedades sin fines de lucro que reciben donativos;
- Plasma en la LFPIORPI una definición para Asociaciones y Sociedades sin fines de lucro;
- Modifica el concepto de “beneficiario controlador”;
- Adiciona a la LFPIORPI el capítulo VII respecto “del beneficiario controlador”;
- Establece nuevas obligaciones en relación a las personas políticamente expuestas;
- Modifica las obligaciones de los sujetos obligados que realizan vulnerables;
- Efectúa cambios a algunas actividades vulnerables, entre ellas, el desarrollo inmobiliario;
- Propone avisos de 24 horas para cuando el sujeto obligado sospeche o cuente con información en relación a que los recursos relacionados con los actos pudieran provenir o estar destinados al lavado de dinero o financiamiento al terrorismo;
- Plasma la obligación de contar con la revisión de una auditoría interna, o bien, externa en caso de que el riesgo del sujeto obligado sea alto;
- Se busca que los sujetos obligados efectúen una evaluación de riesgos similar al sistema financiero, e implementen sistemas automatizados y programas de capacitación;
- Establece claramente como sujeto obligado a quienes actuando por medio de un fideicomiso lleven a cabo alguna actividad vulnerable;
- Elimina la conducta “dolosa” de los sujetos que comentan delitos regulados por la LFPIORPI e implementan modificaciones en cuanto a las sanciones;/span>
- Se adiciona la obligación de las sociedades mercantiles de presentar un aviso en el portal de la secretaria de Economía identificando al beneficiario controlador;/span>
- Se sustituye “salario mínimo” por “UMA”.
Es importante mencionar que de aprobarse dicha iniciativa, existe la posibilidad de que la versión final modifique cuestiones plasmadas en el presente por lo que sugerimos estar atentos las discusiones del Senado y seguir de cerca el proceso legislativo correspondiente.
CIG, al ser una firma especializada en el cumplimiento de la legislación de la materia con gusto nos ponemos a su disposición para atender cualquier duda o comentario respecto del presente boletín, no dude en contactarnos si requiere asistencia o desea contratar nuestros servicios para asegurar el cumplimiento normativo.
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